Circulares

Circular: Horas comprometidas.

Se informa que tal y como recoge el Artículo 38. del Reglamento Interno. En su apartado segundo (En cualquier caso, el tiempo comprometido no podrá ser inferior a 60 horas). Con fecha 31 de Diciembre, se procederá a revisar las horas de servicios prestados. Todo aquel, que no cumpla lo anteriormente citado, se popondrá a la Jefatura del Servicio para causar baja y retirada de beneficios, salvo aquellos casos que en su momento comunicaron por escrito a Jefatura circunstancias que impidieran cumplir dicho articulo del reglamento.

Se recuerda que las horas de servicios prestados, están expuestas en el tablón de la Agrupación, aquellos que se encuentre con menos de 60 horas, todavía tienen la oportunidad de cumplir las horas durante lo que queda de año.
                                                              Jaén, 22/11/2010.
El Jefe de Agrupación